BOLETÍN 2023 12 26

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I.- Novedades legales

 

1.- Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo.

 

Fuente: Suplemento del Registro Oficial. No. 461 – Fecha: 20 de diciembre de 2023

La Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo recientemente publicada en el Registro Oficial de Ecuador el 20 de diciembre de 2023, es una normativa que busca potenciar el desarrollo económico y la generación de empleo a través de una serie de reformas y disposiciones legales. Esta ley se organiza en dos libros principales, cada uno abarcando diferentes aspectos jurídicos y económicos.

El Libro I se enfoca en reformas a varios cuerpos legales, principalmente en el ámbito tributario y de inversión. Incluye cambios en la Ley de Régimen Tributario Interno, introduciendo la residencia fiscal temporal y ajustando las exenciones tributarias. Modifica la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, principalmente en lo que respecta a pagos al exterior y créditos internacionales. Además, reforma el Código Tributario, introduciendo facilidades en el pago de intereses y multas. Este libro también aborda cambios en la Ley de Minería, ajustando el régimen de regalías y las transferencias a gobiernos descentralizados. Asimismo, se incluyen reformas al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, con especial énfasis en las Zonas Francas, y al Decreto Ley Orgánico para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, enfocado en inversiones y adquisiciones de bienes de capital.

El Libro II establece la creación del régimen para la atracción de inversiones, a través de las asociaciones público-privadas. Delineando un marco legal para promover y facilitar la inversión en el país. La ley establece el marco institucional, las normas y procesos aplicables para la participación del sector privado y la economía popular y solidaria en la gestión de proyectos públicos de inversión relacionados con infraestructura y servicios públicos o sectores estratégicos​​. Se crea el CIAPP como un órgano colegiado intersectorial de la Administración Pública Central, encargado de ejercer las atribuciones relacionadas con las APP​​

Los invitamos a revisar el texto completo de esta normativa.

Clic para leer la normativa completa.

2.- Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000034. Fechas de declaración de tributos para contribuyentes sujetos al régimen RIMPE emprendedor, RIMPE negocios populares y contribuyentes especiales.

 

 Fuente: Registro Oficial No. 462 – Fecha: 21 de diciembre de 2023

La Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000034 establece un nuevo marco regulador para la presentación de declaraciones y pagos de impuestos para los contribuyentes especiales y contribuyentes RIMPE.

Los contribuyentes especiales deben presentar y pagar sus declaraciones tributarias (impuesto a la renta, IVA, retenciones en la fuente, ICE, ISD y el anexo MID) hasta el día 11 del mes de vencimiento, independientemente del noveno dígito de su RUC. Excepciones aplican para contribuyentes bajo el RIMPE y para aquellos en la Provincia de Galápagos, quienes tienen hasta el día 28, y las instituciones del Estado y empresas públicas, hasta el día 20. Si el vencimiento cae en un feriado o día de descanso, se traslada al siguiente día hábil, salvo que esto implique pasar al siguiente mes, en cuyo caso se adelanta al último día hábil del mes de vencimiento.

Los contribuyentes RIMPE deberán declarar y pagar el impuesto a la renta siguiendo un calendario basado en el noveno dígito de su RUC, según estos criterios:

  • Los contribuyentes RIMPE Emprendedor – Persona Natural: Entre el 10 y 28 de marzo.
  • Los contribuyentes RIMPE Emprendedor – Sociedad: Entre el 10 y 28 de abril.
  • Los contribuyentes RIMPE Negocio Popular – Persona Natural: Entre el 10 y 28 de mayo

La declaración es obligatoria incluso sin ingresos o créditos tributarios. Si el vencimiento cae en un día no laborable, se traslada al siguiente día hábil o se adelanta al último día hábil del mes anterior. Incumplimientos conllevan intereses y multas. Los contribuyentes RIMPE no pueden aplicar deducciones por gastos personales en la liquidación de este impuesto. Para los domiciliados en Galápagos y para entidades estatales y empresas públicas, hay plazos especiales hasta el día 28 y 20 respectivamente.

Clic para leer la normativa completa.

II.- Nuevo artículo en nuestro blog

 

Conociendo los aspectos más relevantes de la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo.

 

El 20 de diciembre de 2023 se promulgó la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo (LOEEGE). Esta norma legal en un extenso conjunto de artículos aborda reformas a diversas normas jurídicas, principalmente del ámbito tributario, así como en una de sus secciones incorpora el régimen jurídico aplicable para las Asociaciones Público-Privadas.

En esta ocasión, nuestro Estudio Jurídico ha preparado un resumen de esta norma jurídica, esperando que sea de mucha utilidad para nuestros lectores.

Clic para leer el artículo.

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Datos de contacto:

Abg. Miguel Ángel Saltos | Email: miguel.saltos@lince-saltos.com | Teléfono: (+593 4) 2630313

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