I.- PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL OBLIGATORIO EN MATERIA TRIBUTARIA
Informamos a nuestros clientes y lectores, que recientemente se publicó la Resolución No. 09-2023 (Registro Oficial. No. 372, 10 de agosto de 2023), emitida por la Corte Nacional de Justicia, mediante la cual se resolvió declarar como precedente jurisprudencial obligatorio, el siguiente punto de derecho:
“El reclamo de pago indebido que contempla el artículo 306, numeral 1 del Código Tributario procede cuando se realiza un pago en función de un erróneo acto de determinación tributaria, sobre el que no se hubiere presentado reclamo alguno, acto firme, lo cual permite el ejercicio del derecho de defensa de los administrados.”
Entre las motivaciones que justifican este precedente jurisprudencial se merece destacar lo siguiente: “resulta errado señalar que lo procedente es que los contribuyentes presenten una impugnación contra el acto de determinación y no un reclamo de pago indebido, pues esta procede cuando el sujeto pasivo no se encuentra conforme con los valores determinados, por lo que, sin realizar pago alguno, lo somete al litigio judicial o administrativo para su definición. Mientras que, el pago indebido procede justamente cuando ha existido un pago y no se ha discutido el acto que lo determina”.
II.- LO QUE DEBES CONOCER DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales tiene como objetivo principal garantizar el ejercicio del derecho a la protección de datos personales, incluyendo el acceso y decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección.
La ley se aplica a todos los datos personales contenidos en cualquier tipo de soporte, ya sean automatizados o no. Su aplicación es territorial y se extiende a responsables o encargados domiciliados en Ecuador, y en ciertos casos, a aquellos no domiciliados pero cuyas actividades de tratamiento están relacionadas con el país.
El tratamiento de datos será legítimo y lícito si cumple con condiciones como consentimiento del titular, cumplimiento de una obligación legal, orden judicial, entre otros. El consentimiento debe ser libre, específico, informado e inequívoco y puede ser revocado en cualquier momento sin efectos retroactivos.
Los titulares tienen derechos como acceso, rectificación, actualización, eliminación, oposición y portabilidad de sus datos personales. Los responsables y encargados deben implementar medidas de seguridad, incluyendo anonimización, cifrado, y mejora de la resiliencia técnica, física, y jurídica.
La Autoridad puede dictar medidas correctivas y sanciones según la gravedad de la infracción. Las sanciones varían desde multas de uno a diez salarios básicos unificados hasta el 1% del volumen de negocio.
El volumen de negocio se refiere a la cuantía resultante de la venta de productos y de la prestación de servicios durante el último ejercicio, previa deducción de impuestos.
En resumen, la Ley de Protección de Datos Personales en Ecuador establece un marco legal sólido y detallado que regula el tratamiento de datos personales. Su cumplimiento es esencial para garantizar la confianza y la transparencia en las relaciones comerciales.
Si su empresa necesita asesoramiento experto en la implementación de las medidas de protección de datos personales, le recomendamos a contactarnos. Nuestro equipo de especialistas en derecho de protección de datos está comprometido a ayudar a cumplir con todas las obligaciones legales ya garantizar que su negocio opere dentro del marco legal. No dude en ponerse en contacto con nosotros para una consulta detallada y personalizada.
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